Autónomos de las terapias naturales, doblemente perjudicados ante las medidas adoptadas por el Gobierno en esta crisis sanitaria
Las medidas que ha adoptado el Gobierno para la gestión de la situación de crisis económica ocasionada por el COVID-19, distan mucho de lo que los autónomos del sector de las terapias naturales necesitamos, como ha sido reivindicado en numerosas ocasiones por todas las asociaciones profesionales adheridas a la Fundación Terapias Naturales
Y si ya consideramos que las medidas son absolutamente insuficientes, para mayor desconcierto del sector, las solicitudes de cese de actividad por causa de fuerza mayor tramitadas por los profesionales de las terapias naturales como consecuencia del COVID-19, se están viendo denegadas por un dato puramente técnico: el epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de España (CNAE) que se utiliza para clasificar y agrupar las actividades que se ejercen de cara a la elaboración de estadísticas.
En materia de actividad económica, se han aprobado dos decretos ley, uno el pasado 17 de marzo, y otro el pasado 29 de marzo. Ambos recogen las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus (COVID-19). Entre ellas, se establece la prestación extraordinaria por cese de actividad para el trabajador autónomo.
Esta prestación de carácter excepcional supondría un importe medio de 660 euros mensuales aproximadamente, siempre que el autónomo estuviera al corriente de sus pagos a la Seguridad Social y dado de alta en el RETA en el momento en que se decretó el estado de alarma.
La prestación por cese de actividad se condiciona, en primer lugar, a actividades suspendidas en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el Real Decreto 465/2020, de 19 de marzo, añadiéndose los establecimientos comerciales (excepto sanitarios y veterinarios) y limitándose la actividad de peluquerías solamente a servicios domiciliarios. En segundo lugar, a autónomos que su facturación en el mes anterior al mes en que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 %, en relación con el promedio de facturación del periodo septiembre 2019 a febrero 2020.
Claramente ha manifestado este Gobierno a través de sus campañas, que la actividad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos de las terapias naturales no está legalmente regulada como actividad sanitaria, y los profesionales que ejercen terapias naturales no se encuadran dentro de lo que se conocen como profesiones sanitarias ni están considerados como tales. En consecuencia, los espacios profesionales en los que ejercen no están obligados a cumplir con las garantías higienicosanitarias exigidas a los centros y establecimientos sanitarios a través de sus normas reguladoras.
Por tanto, la actividad de los profesionales de las Terapias Naturales clasificada en las tarifas del IAE como actividad profesional o empresarial parasanitaria y sujeta a IVA, se encuadra como una actividad comercial de servicios no esenciales. Lo que obliga a todos los profesionales por cuenta propia o autónomos de este sector a suspender su actividad y al cierre de sus locales temporalmente como consecuencia del COVID-19
Sin embargo y paradójicamente, en el caso de la actividad económica de las terapias naturales (epígrafes del IAE 2/841 o 1/944 naturópatas, acupuntores y otros profesionales parasanitarios), el código de actividad equivalente o CNAE que resulta aplicable es el 8690 “otras actividades sanitarias”.
Este dato hace que, técnicamente, las Mutuas puedean denegar a los profesionales de las terapias naturales la tramitación del cese de actividad por fuerza mayor. Y lo hacen basándose en el listado de códigos CNAE que el Gobierno ha establecido como actividades prohibidas; entre las que, incongruentemente, nuestra actividad no se encuentra recogida al clasificarse estadísticamente dentro de “otras actividades sanitarias”.
Los profesionales autónomos del Sector de las terapias naturales se ven así doblemente perjudicados, al tener que reconducir nuevamente su solicitud de cese de actividad por causas objetivas, siempre que puedan acreditarlo, con la consiguiente demora en la percepción de la prestación que por derecho les corresponde, y sin disponer de ningún ingreso desde que se declara el Estado de Alarma.
Sin embargo, y a pesar de su inactividad, deberán hacer frente a sus cuotas de afiliación al RETA y a los pagos trimestrales del IVA y del IRPF que deberán abonar en abril, y soportar los gastos de alquiler de sus locales o espacios profesionales, para lo que tampoco se ha contemplado ninguna medida que no sea la negociación particular con sus arrendadores, además de los suministros y otros gastos inherentes a su actividad.
Otras medidas aprobadas incluyen la flexibilización de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias. Así mismo, son susceptibles de ser beneficiados por la línea de avales anunciada por el Estado, si acuden a una entidad bancaria a solicitar un crédito.
Desde Fundación Terapias Naturales en representación de todas las Asociaciones Profesionales adheridas NO podemos recomendar a los profesionales de las Terapias Naturales que abran sus locales o despachos y ofrezcan servicios, considerando en primer lugar, que evitar la propagación del virus es una responsabilidad compartida por todos, evitando así poner en riesgo su salud y la de otros.; además, no resulta posible garantizar que, en caso de actuar la autoridad competente, no se les apliquen las sanciones previstas en el Real Decreto 463/2020 en caso de incumplimiento o resistencia a las ordenes establecidas, al tratarse en la práctica de una actividad no sanitaria.
QUIROANATUR-QUIROMAD Asociación de Profesionales en Técnicas Naturales y Manuales, COFENAT Asociación de Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales, SAC Asociación de Acupuntores de Cataluña, Practitioner's Register Asociación de acupuntores y profesionales de medicina china, APROETENA Asociación profesional española de terapeutas naturales, APSE Asociación de Profesionales de Shiatsu en España, EDIREFLEX Asociación para el estudio y la difusión de las reflexologías, FEAAM Federación Española de Asociaciones de Acupuntura y Manopuntura, AMPA Asociación de Masajistas y Naturópatas de Aragón, PRONADHER Profesionales de Naturopatía y de herbodietética, ADYHEM Asociación de dietética y herbolarios de Madrid, Gremi d`herbolaris de Cataluña Gremi d'herbolaris, apicultors i alimentació dietètica i biològica de Catalunya, reiteramos nuestro compromiso en la defensa del colectivo profesional que conformamos como entidades adheridas a la Fundación Terapias Naturales. Desde las distintas plataformas a las que públicamente tengamos acceso, denunciaremos la situación soportada por los profesionales autónomos de las terapias naturales, así como cuantas acciones nos sea posible llevar a cabo.
Por Mar García - Presidenta de la Fundación Terapias Naturales