Las sentencias que celebra el Ministro Duque, desmereciendo a nuestro más Alto Tribunal
Por Dr. Ramón Mª Calduch, Abogado, Dr. en Derecho
La noticia que el ministro celebra, ampliamente divulgada por la prensa es: “El Tribunal Supremo ha desestimado una demanda interpuesta por la Fundación Salud y Naturaleza (Fundación Terapias Naturales) contra el ministro de Ciencia, Pedro Duque, en la que le acusaba de ofender a las terapias naturales con unas declaraciones realizadas por la retirada de un complemento alimenticio por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)”.
Lo primero que sorprende es no habernos enterado por la misma prensa, en su momento, de la presentación de dicha demanda por parte de la citada Fundación. Parece que entonces NO era noticia!!!.
También, después de haber leído la susodicha sentencia, sorprende que la noticia nos venga a decir que “se le acusaba de ofender a las terapias naturales con unas declaraciones realizadas por la retirada de un complemento alimenticio por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios”, cuando la propia sentencia explicita, en su FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO, punto 3, que constan probados o no se discuten los siguientes hechos: “ El demandado realizó durante el año 2018 y los primeros meses de 2019 diversas manifestaciones que, según se admite en la demanda y no se cuestiona de contrario, tuvieron el siguiente contenido:
-6 de enero de 2018: «Defender la homeopatía es más sangrante que negar que pisamos la Luna».
-14 de junio de 2018: «La ciencia no tiene dudas, la homeopatía es una creencia mágica».
-25 de diciembre de 2018: «Pedro Duque anuncia una ofensiva en enero contra las pseudociencias»
-19 de marzo de 2019: «Les dicen a la gente que no vayan al médico, que vayan a tal consulta y que les recetarán algo que les curará, pero son supercherías modernas y me recuerda a aquellos curanderos que iban de pueblo en pueblo vendiendo aceite de serpiente en el Oeste».“
Posteriormente, en el punto 4 del mismo FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO, la sentencia recoge lo único que explicita la prensa sobre sus “declaraciones realizadas por la retirada de un complemento alimenticio por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)”.
Pues bien, a juicio del TS no se ha producido «intromisión ilegítima» alguna en el honor de la Fundación demandante, sino un ejercicio legítimo de la libertad de expresión por parte del demandado en el desempeño de sus competencias como ministro.
Ello claro, refiriéndose al punto 4, antes indicado, y olvidándose por completo de lo recogido en el punto 3, también antes indicado (que, recordemos, consta probado).
Es decir, el ministro se pasa de frenada, haciéndose el gracioso, con vejaciones constantes a los pacientes y profesionales de las terapias naturales y resulta que el Tribunal Supremo, no sólo lo obvia, sino que en su nota de prensa omite tal circunstancia, que si recoge en su propia sentencia.
No voy a ser yo quien cuestione la decisión del Tribunal Supremo. Ya lo ha hecho el propio Sr. Duque en un video, que les recomiendo visualicen, ya que no tiene desperdicio:
Como se puede observar en dicho video, de manera muy patética, el Sr. Ministro se vanagloria de que finalmente han podido influir y conseguir (ellos…), que los tribunales sepan distinguir quien es el bueno de quien es el malo.
Imagino que a sus señorías se les habrá caído la cara de vergüenza al ver este video. Ellos que pensaban que los tribunales están para impartir justicia, en base al derecho positivo y resulta que no, que están “para dar la razón a los buenos”. Claro que el ministro ya nos advierte en su declaración que es un indocumentado: “yo no sé mucho de Derecho”…..
Yo, que a diferencia del Sr. Ministro si se supone, por ser abogado y doctor en Derecho, que sé algo de Derecho, a la vista de lo visto, puedo afirmar lo siguiente:
- Que la sentencia admite la legitimación activa de la Fundación demandante, de una manera muy “cogida por los pelos”, al indicar que “no cabe negar a la fundación demandante una legitimación más reducida para, de acuerdo con sus fines estatutarios, defender las terapias naturales frente a descalificaciones generales e injustificadas llevadas a cabo por medio de acciones o expresiones que puedan afectar a la propia dignidad de la fundación.“
- Que ello le permite al Tribunal entrar en el fondo de la cuestión y pronunciarse, cosa que de otro modo no hubiera podido hacer.
- Que sorprendentemente, el Tribunal se olvida de las ofensas del ministro y recoge exclusivamente lo indicado en el punto 4 antes indicado, para acoger la libertad de expresión del Sr. Duque.
A mi modo de ver, deberían ser las organizaciones de consumidores y usuarios quienes presenten este tipo de demandas, ante graciosos indocumentados y mal asesorados, como el ministro Duque.
También veo esta sentencia como una oportunidad, ya que nos marca el camino a seguir, para darle un revolcón que ponga en su sitio (y en la tierra) al ministro difamador de las terapias naturales con sus gracietas infantiles, impropias del cargo que desempeña.
Ello sencillamente centrando la demanda en el punto 3 del FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO de la citada sentencia y en otras ofensas del mismo estilo, que el Alto Tribunal no ha tenido en cuenta, y olvidándonos de las manifestaciones recogidas en el punto 4 del mismo FUNDAMENTO DE DERECHO, que el Alto Tribunal considera legítimas.
Claro que igual me estoy equivocando y lo único que se consigue es tener que aguantar otro video, con un ministro con cara de payasete triste, haciendo victimismo, porque sus señorías no le han dado la razón, y él que pensaba que ya habían aprendido a distinguir los buenos de los malos…
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